Fijan tarifas especiales para registro mercantil en 2021.
27 diciembre, 2020
Gobernación de Cundinamarca condecora a la Policía Nacional
28 diciembre, 2020

La identificación de los ciudadanos es clave para la vacunación

La identificación de los ciudadanos es clave para la vacunación

Ruiz Gómez también se refirió a las medidas preventivas para Cúcuta, Pereira, Ibagué y Cali, así como a la ampliación del aforo en el transporte público.

El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez continuó presentando los criterios del Plan Nacional de Vacunación, indicando en esta ocasión que, tras revisar experiencias de inmunización en otros países, se llegó a la conclusión que es necesario que las personas estén totalmente identificadas, indistintamente de su nacionalidad, para lograr una efectiva trazabilidad del proceso.

“La población tiene que estar identificada en lo que se llaman bases nominales, donde las personas registran nombre, cédula, EPS, comorbilidades, qué vacuna se le aplicó, qué efectos adversos pudo haber tenido, y se haga toda la evaluación en el caso de que se presenten eventos, hasta llegar a la evaluación por parte del Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud IETS, como quedó definido en la nueva Ley de Vacunas”, afirmó el jefe de la cartera de Salud.

Para el caso puntual de la población migrante, el ministro explicó los diferentes grupos que existen, empezando por los extranjeros residentes en Colombia, quienes están identificados en las bases de datos del Ministerio de Salud y -de acuerdo con la Ley Estatutaria de Salud- tienen derecho a la misma cobertura en salud que cualquier ciudadano colombiano; por ende, serán vacunados teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos.

Agregó que “en el caso de la población venezolana (registrada como residente ante el gobierno colombiano) son alrededor de 800 mil personas, que están identificadas y con esas personas estaremos en temas de vacunación”.

Existe otro grupo de migrantes transitorios, que son personas de muy difícil ubicación por su condición transitoria y a los cuales es casi imposible hacerles seguimiento desde los servicios de salud por no tener una residencia definida. Finalmente está la población pendular, es decir, que entra y sale del país.

“A esa población, ni desde el marco legal ni desde las consideraciones técnicas existe una obligación de atenderlos (…) Esas poblaciones no van a ser sujeto activo del programa de vacunación, en la medida que no nos generan inmunidad de rebaño, ya que esas personas volverían inmediatamente a su país, generándonos un efecto de congestión en los servicios, de no control del esquema de vacunación y de no programación”, aseveró Ruiz Gómez.

El ministro recordó que en Colombia la cobertura del sistema de salud y de aseguramiento es del 97%, según los últimos datos del DANE, por lo que gran parte de la población colombiana o residente están en las bases de datos de la Cartera y podrán ser contactados para su vacunación.

Asimismo, se pronunció sobre los posibles efectos adversos de la vacuna contra el covid-19, similares a los de otros biológicos que se aplican en el Programa Ampliado de Inmunización, como son: fiebre y escalofríos, enrojecimiento, endurecimiento y dolor de la zona de punción, dolor de cabeza, todos transitorios.

Medidas preventivas

Durante su intervención en Prevención y Acción, Ruiz Gómez reiteró las recomendaciones para la celebración de Navidad. “Reunirnos solamente en núcleo familiar, celebrar en intimidad, y si queremos extender la invitación a otras personas, hagámoslo usando la virtualidad”, apuntó.

Además, desglosó las medidas preventivas que se tomaron entre las administraciones locales y el Gobierno Nacional en ciudades de mayor afectación y baja disponibilidad de Unidades de Cuidado Intensivo, como son Cúcuta, Cali, Pereira e Ibagué.

En Cúcuta, que tiene una ocupación UCI por encima del 90%:

  • Restricción de la circulación por vías y lugares públicos, entre las 19:00 horas y las 05:00 horas, desde el 22 de diciembre hasta el 4 de enero.
  • Pico y cédula, desde las 00:00 horas del 22 de diciembre hasta las 00:00 horas del 4 de enero, con excepción de los hoteles y trabajos esenciales.
  • Prohibición de reuniones públicas y privadas que generen aglomeración.restricción de la movilidad de personas y vehículos, desde las 00:00 horas del 25 de diciembre hasta las 00:00 horas del 28 de diciembre, y en el mismo horario desde el 1 de enero hasta el 3 de enero.
  • Restricción de la movilidad de personas y vehículos, desde las 00:00 horas del 25 de diciembre hasta las 00:00 horas del 28 de diciembre, y en el mismo horario desde el 1 de enero hasta el 3 de enero.

Para las ciudades de Ibagué, Pereira y Cali, que están por encima del 80% de ocupación UCI:

  • Pico y cédula, con excepción de los hoteles y trabajos esenciales.
  • Restricción de movilidad, desde las 20:00 horas hasta las 06:00 horas entre el 22 de diciembre y el 4 de enero.
  • Restricción total de la movilidad para los días 24 de diciembre, desde las 20:00 horas hasta las 05:00 horas del 26 de diciembre, y en el mismo horario desde el 30 de diciembre hasta el 2 de enero.

El funcionario reafirmó el llamado a las autoridades competentes en los territorios para que refuercen el control de la aplicación de los protocolos de bioseguridad.

Aforo transporte

Ruiz Gómez anunció que este miércoles se expidió la Resolución 2475 de 2020, conjunta con el Ministerio de Transporte, en la que se autoriza la ampliación del aforo en el transporte público hasta el 70% de la capacidad del vehículo.

En el documento se estipula el protocolo de bioseguridad dirigido a operarios, concesionarios, usuarios y autoridades, que incluye medidas como uso permanente del tapabocas, desinfección de buses y taquillas, evitar aglomeraciones, entre otros que se vienen aplicando.